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12 de octubre de 2010

La era de la seguridad ambiental y Humana

La era de la seguridad ambiental y humana
Por: Alicia Tejada Soruco
Los cambios climáticos, ya no son un anuncio ni un slogan ambientalista sino un hecho ineludible y globalizado que acompaña al siglo XXI. Esta constatación obliga a abordar nuevos conceptos, como el de la seguridad ambiental y humana frente a los disturbios que tales eventos acarrean.
Spring A. Ursula, de la UNAM, define seguridad como “un valor básico y una meta para cualquier humano, familia o comunidad, Estado-Nación, Comunidad Internacional y Organización”, mencionando a colación que, desde el año 1990, “la seguridad humana y la ambiental han sido percibidas y relacionadas con peligros, amenazas, retos, vulnerabilidad y riesgos”.
Pero carecería de justificación abordar un tema de semejante connotación de no ser porque, al finalizar la primera década de este siglo, en todo el territorio del Estado de Derecho Plurinacional de Bolivia, han ocurrido hechos que denuncian algunos daños graves e irreversibles a nuestro medio ambiente, que expresan, inconfundiblemente, ausencia de seguridad humana, y que nos alertan sobre la necesidad de políticas permanentes que superen los estados de emergencia.
En otras palabras, la declaratoria de emergencia y de zonas de desastres es insuficiente si abarca medidas de coyuntura y no sienta las bases para las de prevención y seguridad permanentes, que los cambios climáticos demandan. Argumentar que estos cambios son globales para darles la espalda y eximirnos de responsabilidad no es una decisión coherente con nuestra cuota de responsabilidad en los mismos ni con sus efectos en nuestras formas de vida; de relación económica, social, cultural y productiva.
Los incendios, las sequías, las inundaciones, los procesos de desertificación, la escases de alimentos, de energía y de agua apta para el consumo humano nos sitúan frente a la necesidad imperativa de modificar incluso los valores de convivencia acercándonos a unas relaciones más solidarias y responsables con todos, y particularmente con los sectores más vulnerables a sus efectos; niños (as), ancianos (as); actores con economías de subsistencia, y sin acceso a servicios básicos, etc.
Frente a la constatación de que las amenazas a la seguridad ya no son un estado extraordinario, sino permanente en este nuevo siglo, los roles de los gobiernos también se modifican; las medidas punitivas y las sanciones a actividades que incrementan las posibilidades de inseguridad ambiental y humana, transitan, desde las de advertencia y mitigaciones insuficientes, a las de identificación de éstas como delitos a los que corresponden duras sanciones penales.
Hemos ingresado a una era de cambios de mentalidad; la era en la que los derechos ambientales y humanos, van a requerir de otro tipo de garantías relacionadas con la sobre vivencia, con la salud, con las disputas por recursos básicos y quizá mínimos para garantizar la vida de los seres humanos; la era en la que la justificación de la función económica y social, de utilidad pública o estratégica, ya no pueden estar separadas de la de Seguridad ambiental y humana para todos y todas.

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